Se prolongan hasta el 31 de marzo

Del mismo modo que los expedientes de regulación de empleo (ERTE) podrán ser prolongados hasta el día 31 de marzo, también los autónomos tienen la posibilidad de prorrogar o solicitar hasta entonces la prestación por cese de actividad. El acuerdo entre el Gobierno y las principales asociaciones de autónomos (ATA, UPTA y Uatae) permitirá según éstas «duplicar los beneficiarios de las prestaciones hasta los 700.000» al hacer que a partir del 1 de febrero entren en vigor importantes novedades publicadas en el BOE.

Las nuevas condiciones

Para empezar, al contrario de los que ocurrió en la prórroga de septiembre, deja de ser requisito haber solicitado esta ayuda ya entre marzo y junio de 2020. Esta vez quienes nunca antes hayan pedido el cese de actividad sí podrán acogerse a la medida siempre que cumplan las condiciones establecidas en el pacto.

Respecto a éstas, también hay importantes modificaciones. Hasta ahora, los trabajadores por cuenta propia beneficiarios debían demostrar un descenso del 75% de su facturación. Sin embargo, el BOE establece ahora que «el acceso a la prestación exigirá acreditar en el primer semestre de 2021 una reducción de los ingresos computables fiscalmente de la actividad por cuenta propia de más del 50% de los habidos en el segundo semestre de 2019». Un requisito al que hay que añadir otro más: durante este primer semestre no podrán haber obtenido «unos rendimientos netos computables fiscalmente superiores a 7.980 euros».

La prestación será a su vez equivalente al 50% de la base mínima de cotización vigente a 31 de diciembre que corresponda por la actividad desarrollada, un porcentaje que podrán elevar hasta el 70% los profesionales pertenecientes a una familia numerosa si se da el caso de que «los únicos ingresos de la unidad familiar durante ese período proceden de su actividad suspendida». En cambio, si en un mimo hogar dos o más miembros de la familia tienen derecho a esta ayuda el porcentaje se queda en el 40% para cada uno de ellos.

También recibirán el 70% de la base mínima los autónomos de temporada que durante la primera mitad de este año ganen menos de 6.650 euros. Para solicitar esta ayuda hay que encajar en la definición que el BOE da de autónomo de temporada: «aquellos cuyo único trabajo a lo largo de los años 2018 y 2019 se hubiera desarrollado en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos (RETA) o en el Régimen Especial de Trabajadores del Mar durante un mínimo de cuatro meses y un máximo de seis en cada uno de los años». Además, se les exige que no estén dados de alta como trabajadores por cuenta ajena más de 60 días durante el primer semestre de este 2021.

Fuente: El Correo