Varios plazos para el cambio

23
Nov
Así se modifica la base de cotización de los autónomos
  • Comerciantes Chamartin
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Importante aviso de la Seguridad Social, que advierte a través de su página web de cómo puede modificarse la base de cotización para los autónomos. Cabe destacar que es un proceso que se puede realizar hasta seis veces al año la base de cotización eligiendo otra dentro de los límites mínimo y máximo aplicables, a través del servicio Bases de cotización y rendimientos. Eso sí, es un cambio que solamente se aplica de manera efectiva al principio de cada mes, por lo que hay unos días efectivos para solicitarlo, en seis plazos de dos meses.

De esta forma, desde el 1 de enero, si ya estabas dado de alta como trabajador autónomo, se habilitó a través del servicio «Modificación de datos de trabajo autónomo» de Importass la posibilidad de comunicar tus rendimientos. En caso de no hacerlo, en 2024 se regularizarán las cuotas en base a tus rendimientos.

El sistema de cotización para los autónomos ahora es por rendimientos netos para todos, tanto para nuevos autónomos como para los que estuvieran dados de alta, hayan cambiado su base de cotización o no. Además, la legislación sólo prevé dos excepciones en cuanto a colectivos a los que no se aplicaría el nuevo sistema de cotización: los miembros de institutos de vida consagrada de la Iglesia Católica, así como los trabajadores por cuenta propia del Régimen Especial de Trabajadores del Mar del grupo segundo y tercero de cotización.

En 2024 se regularizarán las cuotas de quienes no hayan cambiado su base de cotización. Esta regularización se producirá para todos los trabajadores autónomos, con independencia de que se hayan adaptado o no al nuevo sistema de cotización -ajustando su base de cotización al promedio mensual de los rendimientos netos anuales que prevea obtener en el año natural correspondiente- o se hayan dado de alta en 2023.

La Tesorería General de la Seguridad Social (TGSS) procederá durante el 2024 a la regularización de la cotización con el fin de determinar las bases de cotización mensuales definitivas del año 2023 de cada trabajador, la cual se efectuará en función de sus rendimientos anuales comunicados al efecto por la correspondiente Administración Tributaria, mediante un proceso automatizado, una vez están disponibles los datos tributarios después de la campaña de la renta.

Plazos para el cambio

De acuerdo con la web de la Seguridad Social, los periodos para solicitar el cambio de base son los siguientes, repartidos a lo largo del año:

Entre el 1 de enero y el último día de febrero, el cambio tendrá efectos el 1 de marzo.

Entre el 1 de marzo y el 30 de abril, el cambio tendrá efectos el 1 de mayo.

Entre el 1 de mayo y el 30 de junio, el cambio tendrá efectos el 1 de julio.

Entre el 1 de julio y el 31 de agosto, el cambio tendrá efectos el 1 de septiembre.

Entre el 1 de septiembre y el 31 de octubre, el cambio tendrá efectos el 1 de noviembre.

Entre el 1 de noviembre y el 31 de diciembre, el cambio tendrá efectos el 1 de enero del año siguiente.

Fuente: Ideal