El listado se actualizará a diario

El Ministerio de Hacienda ha lanzado el reglamento para crear el nuevo Punto Neutro de Embargos. Se trata de una plataforma que aunará el listado de personas que deben dinero a la Administración Pública (Estado, Comunidades Autónomas, ayuntamientos, Agencia Tributaria, Seguridad Social, universidades, etc.) con los pagos que tienen que realizar estas entidades del sector público para evitar que cobren de una Administración si tienen deudas con otras.

De esta manera, si la plataforma detecta que una Administración ha ordenado el pago a un deudor, se retendrá e informará a la parte acreedora para que, en un plazo de tres días, pueda decretar el embargo de la cuantía correspondiente. De este modo, la Administración pagadora remitirá todo o parte del dinero a la acreedora.

Hacienda ha sometido el documento a audiencia e información pública para que los interesados presenten observaciones hasta el 25 de junio. No obstante, como se trata de un Reglamento, no necesitará paso por las Cortes y el Ministerio, una vez tramitadas las alegaciones, podrá aprobarlo de inmediato y publicarlo en el BOE para que entre en vigor al día siguiente.

Las Administraciones estatales, autonómicas, los ayuntamientos de más de 75.000 habitantes, Hacienda y Seguridad Social podrán darse de alta en esta plataforma una vez entre en vigor, mientras que las más pequeñas, como municipios de menos de 75.000 habitantes y mutuas colaboradoras con la Seguridad Social, podrán hacerlo a los seis meses.

De un lado, estos organismos tendrán que comunicar al Punto Neutro de Embargos el número de identificación fiscal, nombre y apellidos de sus deudores. De otro, aquellas que vayan a realizar pagos por la contratación de bienes y servicios, deberán informar de las facturas.

El Reglamento indica que no se tendrá que informar de las prestaciones que la Seguridad Social o el Régimen de Clases Pasivas tengan que hacer a estas personas, ni tampoco de la devolución de impuestos que les correspondan. No obstante, el texto detalla que el hecho de no comunicar estos pagos no significa que no se puedan embargar. De hecho, tener el listado de deudores en una plataforma común a nivel estatal facilitará su detección a la hora de realizar embargos.

Además, el listado se actualizará todos los días y las personas que en él aparezcan estarán incluidas durante un mes, a menos que la Administración renueve la información.

La plataforma funcionará a través de algoritmos que permitirán determinar mejor la combinación de propuestas de pago y qué dinero va a cada administración, en el caso de que la persona tenga deudas con varias. No obstante, según el Reglamento no se utilizará Inteligencia Artificial ni análisis predictivos para la detección de deudores. Asimismo, el Ministerio de Hacienda subraya que las decisiones que se tomen no estarán «íntegramente automatizadas».

Deudas pequeñas

Por otro lado, el texto señala que Hacienda, mediante orden ministerial, podrá excluir el intercambio de información de las deudas más pequeñas siempre que el coste de la Administración para saldarlas pueda resultar mayor que la propia cuantía. Cabe recordar que en la actualidad, la Agencia Tributaria no reclama deudas inferiores a seis euros porque el coste para su recuperación es mayor que el importe adeudado.

Los ciudadanos que estén en desacuerdo con los embargos que realice la Administración a través de esta plataforma podrán recurrirlos ante el organismo que haya ingresado el dinero.

Fuente: El Economista