
La Inspección de Trabajo y Seguridad Social (ITSS) reforzará este verano las visitas a autónomos y pequeños negocios para vigilar si están protegiendo de verdad a sus trabajadores frente a las altas temperaturas. De hecho, entre junio y septiembre de 2025, el organismo ya realizó 10.784 actuaciones relacionadas con condiciones ambientales adversas, detectó 291 infracciones e impuso sanciones por 1,56 millones de euros, según los últimos datos oficiales difundidos por el Ministerio de Trabajo.
Además, fuentes oficiales consultadas por este diario explicaron que este verano la vigilancia volverá a intensificarse y que, previsiblemente, aumentarán las visitas y podrían crecer también las sanciones, en un contexto de olas de calor cada vez más frecuentes y de mayor presión inspectora sobre sectores especialmente expuestos. La propia Inspección ya ha activado un nuevo plan especial y ha enviado más de 113.000 comunicaciones a empresas para recordarles sus obligaciones preventivas frente al estrés térmico.
La ofensiva no se dirige sólo a grandes compañías. De hecho, el foco vuelve a situarse en miles de pequeños negocios de sectores como la hostelería, la agricultura, la construcción, el comercio, la logística o determinadas actividades industriales, donde una plantilla reducida, jornadas intensas y espacios poco adaptados al calor pueden convertir una mala organización preventiva en una infracción grave. Y, en los casos más serios, en sanciones de hasta 983.736 euros.
Los datos oficiales de 2025 confirman un salto importante en la actividad inspectora vinculada a las altas temperaturas. Según informó el Ministerio de Trabajo, la ITSS llevó a cabo 10.784 actuaciones por exposición a condiciones ambientales adversas entre junio y septiembre del año pasado. De esas actuaciones salieron 291 infracciones y multas por un importe conjunto de 1.559.949 euros.
La cifra supone un fuerte incremento respecto a ejercicios anteriores y encaja con el balance publicado estos días por El País, que sitúa en 10.820 las actuaciones de 2025, frente a 4.620 en 2022, 3.290 en 2023 y 4.240 en 2024. Según ese recuento, también se habrían duplicado las sanciones en tres años: de 135 multas en 2022 a 292 en 2025, mientras que el importe total habría pasado de 706.420 euros a 1,56 millones.
Aunque existe una pequeña diferencia entre las cifras trasladadas por el Ministerio en sus notas públicas y las publicadas por El País con datos facilitados por Trabajo, el mensaje de fondo es el mismo: la Inspección está multiplicando la vigilancia sobre el calor y sancionando más.
Este tipo de actuaciones suele asociarse a sectores como el agrícola o la construcción. Pero la realidad es bastante más amplia. La propia ITSS y los inspectores consultados en campañas anteriores han insistido en que los controles también alcanzan a cocinas de bares y restaurantes, panaderías, obradores, naves industriales, talleres, centros logísticos, desguaces, campas de vehículos o comercios con condiciones térmicas deficientes.
De hecho, una de las novedades del plan lanzado en 2025 fue la ampliación de los avisos al comercio minorista y a los mercadillos, además de seguir vigilando a empresas de nueva creación en agricultura, construcción y ocio exterior. En total, el año pasado se enviaron 112.620 comunicaciones a empresas, mientras que en 2026 la cifra ya supera las 113.000.
Esto significa que un pequeño bar con cocina mal ventilada, un taller con cubierta metálica, un almacén sin climatización suficiente o un negocio que mantiene a su plantilla trabajando en una terraza a 40 grados pueden acabar igualmente dentro del radar inspector.
Uno de los errores más habituales entre autónomos y pequeños empresarios es pensar que basta con tener una nevera con botellas de agua o dejar a los empleados “parar un momento” si aprieta el calor. La realidad es que la Inspección revisa mucho más que eso.
Lo primero que comprobará es si la empresa ha evaluado el riesgo por calor dentro de su sistema de prevención y si ha previsto medidas concretas cuando se activan avisos meteorológicos adversos. No se trata de improvisar el día que suben las temperaturas, sino de tener ya planificado qué se hará con los horarios, los descansos, la organización del trabajo y los trabajadores especialmente sensibles.
La normativa obliga a adoptar medidas específicas cuando las condiciones meteorológicas puedan poner en riesgo la salud de la plantilla, especialmente en trabajos al aire libre o en lugares cerrados que no puedan mantener condiciones térmicas adecuadas. En la práctica, la Inspección puede pedir a la empresa que acredite cuestiones como estas:
Evaluación de riesgos específica frente al calor.
Identificación de puestos especialmente expuestos.
Protocolos de actuación ante alertas amarillas, naranjas o rojas.
Disponibilidad permanente de agua potable.
Pausas y descansos programados.
Zonas de sombra o espacios de recuperación.
Rotación de tareas para reducir la exposición.
Adaptación o modificación de horarios.
Información y formación dada a la plantilla.
Además, tras la reforma introducida en 2023, cuando la AEMET emite avisos naranja o rojo y las medidas preventivas habituales no bastan, las empresas deben adaptar las condiciones de trabajo. Eso puede implicar adelantar la jornada, retrasarla, limitar determinadas tareas físicas o incluso paralizar temporalmente la actividad si el riesgo es grave.
En sectores como la agricultura o la construcción, por ejemplo, esto se traduce muchas veces en empezar antes de amanecer, suspender trabajos en las horas centrales del día o reorganizar tajos y repartos. En hostelería, puede obligar a reforzar pausas, reorganizar turnos de terraza o extremar la protección en cocinas y zonas de calor.
El coste de incumplir estas obligaciones puede ser muy alto. Según la Ley sobre Infracciones y Sanciones en el Orden Social (LISOS), las infracciones graves en materia de prevención pueden castigarse con multas de entre 2.451 y 49.180 euros. Si el incumplimiento genera un riesgo grave para la seguridad y salud de los trabajadores, la infracción puede pasar a ser muy grave, con sanciones de entre 49.181 y 983.736 euros
Fuente: Autonomosyemprendedor.es (Foto: La Voz de Galicia)